Departamento de Estado activa mecanismo de fianza para solicitantes de visas de inmigrante
Un funcionario consular fijará el monto caso por caso, bajo la figura legal de la fianza por carga pública que administra USCIS
Redacción de Libertad Comunicacional
5 de agosto de 2026 a las 01:20 p. m.Lectura de 5 min

Fotografía: "green card" sobre unas banderas estadounidenses. (EFE)
El Departamento de Estado de Estados Unidos comenzó esta semana a implementar un programa piloto que permite a los funcionarios consulares exigir a determinados solicitantes de visas de inmigrante el pago de una fianza por concepto de carga pública, como condición para la emisión del documento. La actualización, difundida este miércoles 5 de agosto, se apoya en una figura legal que ya existía en la normativa migratoria estadounidense, pero que ahora se activa de forma más sistemática para el trámite consular de visas de inmigrante.
Bajo este mecanismo, contemplado en el artículo 8 CFR 213.1(b) del Código de Regulaciones Federales, un funcionario consular puede requerir la fianza cuando determina, tras evaluar la totalidad de las circunstancias del caso, que un solicitante corre el riesgo de convertirse en una carga pública para el Gobierno estadounidense. El Departamento de Estado recordó que la inmigración a ese país es considerada un privilegio y no un derecho, y que quien solicita una visa de inmigrante debe demostrar capacidad para mantenerse sin depender de asistencia pública.
El monto de la fianza no es fijo: lo determina el propio funcionario consular caso por caso, aunque la normativa federal establece un piso de 1,000 dólares para este tipo de garantías. Una vez fijado, el solicitante debe tramitar el pago ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS). Si la fianza es aceptada, el trámite puede permitir la emisión de una visa que de otro modo habría sido denegada bajo la sección 212(a)(4) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, siempre que el aspirante cumpla con los demás requisitos migratorios. El Departamento de Estado precisó que la fianza constituye una herramienta adicional para superar una denegación por carga pública, y que los solicitantes también conservan la opción de aportar pruebas que demuestren directamente que no representarán ese riesgo.
Por ahora, el procedimiento no puede solicitarse de forma voluntaria: se aplica únicamente a casos específicos, y será el funcionario consular quien notifique al solicitante cuando deba depositar la garantía. La medida no afecta las visas ya vigentes, según aclaró la cartera. Quien paga la fianza puede recuperar el dinero más adelante, aunque las condiciones de mantenimiento, sustitución y cancelación así como los supuestos en que el monto podría perderse quedan sujetas a las disposiciones de USCIS sobre fianzas por carga pública, disponibles en el apartado "Public Charge Bond" del sitio web de la agencia.
La activación de este mecanismo es distinta del programa de fianzas para visas de turista y negocios B-1/B2, que el propio Departamento de Estado convirtió en permanente apenas el 3 de agosto pasado, elevando su tope a 20,000 dólares para solicitantes de medio centenar de países. Ese programa, nacido en agosto de 2025 como un piloto de 12 meses, dejó de ser una prueba temporal para transformarse en política migratoria definitiva. Ambas figuras responden al mismo giro de la política migratoria estadounidense hacia exigencias económicas como condición de entrada, aunque operan bajo bases legales y procedimientos distintos.
El Caribe
Para la comunidad dominicana, que sostiene un flujo constante de solicitudes de visas de inmigrante por reunificación familiar y otras categorías tramitadas en la Embajada de Estados Unidos en Santo Domingo, la medida añade una variable económica adicional a procesos que ya pueden tardar años. Por ahora, el Departamento de Estado no ha precisado con qué criterios los funcionarios consulares seleccionarán los casos sujetos a fianza, ni ha ofrecido cifras sobre cuántos solicitantes podrían verse afectados en esta fase piloto.



