La asfixia silenciosa: presupuesto electoral, nueva cédula y la tentación de competir con ventaja
Juan Ramón Mejía Betances
1 de noviembre de 2026 a las 09:22 p. m.Lectura de 9 min
La democracia no se debilita solo con golpes de fuerza o irregularidades el día de las votaciones. También se erosiona con decisiones presupuestarias que parecen técnicas, pero terminan afectando la capacidad del árbitro, la operatividad de los partidos y las condiciones en que los ciudadanos ejercen sus derechos.
Por eso, el debate sobre los recursos de la Junta Central Electoral (JCE) y el financiamiento público de los partidos no puede reducirse a una discusión contable. Está en juego la suficiencia de medios para administrar la identidad civil, preparar las elecciones de 2028 y sostener una competencia con reglas previsibles.
Una asignación insuficiente no demuestra por sí sola una maniobra deliberada a favor del oficialismo. Pero cuando las restricciones alcanzan simultáneamente al órgano electoral y al sistema de partidos, corresponde examinar quién se beneficia de sus consecuencias. La ausencia de una prueba de intención no obliga a ignorar un riesgo de ventaja.
Tres obligaciones que deben distinguirse
El primer paso es separar tres asuntos con finalidades propias: el presupuesto operativo de la JCE, los recursos para la renovación de la cédula y la contribución económica del Estado a las organizaciones políticas. Confundirlos permite reducir el debate a una cifra global y presentar cualquier aumento nominal como prueba de que las necesidades están cubiertas, aunque las obligaciones hayan crecido exponencialmente.
El proyecto de Presupuesto General del Estado para 2027 consigna a la JCE unos RD11,001.8 millones. Esa cifra debe evaluarse frente a sus responsabilidades actuales. Representantes partidarios han señalado que la institución requirió alrededor de RD27,000 millones. Una brecha de esa magnitud exige respuesta documental: desglosar los componentes de la solicitud y explicar públicamente qué necesidades operativas o electorales fueron acogidas, pospuestas o descartadas.
En materia de financiamiento partidario, la referencia es clara. El artículo 224 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral 20-23 establece una contribución equivalente al 0.25 % de los ingresos nacionales en años no electorales y al 0.5 % en años de elecciones generales.
La preocupación no proviene solo de la oposición. Ya en mayo de 2026, la propia JCE advirtió que la asignación a los partidos equivalía apenas al 0.12 % de los ingresos nacionales —menos de la mitad de lo previsto para un año sin elecciones— y alertó sobre el impacto de nuevos recortes en la planificación y compromisos de las organizaciones.
El proyecto de Presupuesto 2027 incluye, además, una cláusula reveladora: su artículo 47 autoriza, por excepción, apropiaciones inferiores a los porcentajes fijados en leyes especiales, incluyendo expresamente a la JCE. El Ejecutivo propuso esta reducción y cuenta con amplias mayorías en ambas cámaras legislativas para imponerla o corregirla. La pregunta institucional es inevitable: ¿qué certeza jurídica ofrece una regla permanente si sus efectos pueden anularse cada año mediante disposiciones presupuestarias transitorias?
La renovación de la cédula añade una exigencia extraordinaria. Al 13 de octubre de 2026, la JCE informó que, de un universo de 8,730,372 ciudadanos hábiles, había procesado a 4,203,595 y entregado 4,009,576 documentos, situando el avance del padrón electoral en un 49 %. Estas cifras reflejan un esfuerzo considerable, pero también una tarea pendiente gigantesca.
El calendario establece que la renovación en el territorio nacional concluye el 31 de marzo de 2027 y que el plástico anterior perderá validez el 1 de abril (extendiéndose en el exterior hasta enero de 2028). Completar más de la mitad del padrón en pocos meses requiere continuidad financiera, personal, equipos, una campaña publicitaria masiva y pedagógica que venza la apatía ciudadana, y operativos logísticos que reduzcan las barreras de acceso.
Un ciudadano que debe perder una jornada laboral o costear varios trayectos enfrenta condiciones muy distintas a quien dispone de facilidades de movilidad. La documentación debe llegar a todos bajo criterios universales; esa garantía se desvirtúa si, por falta de recursos institucionales para publicitar y acercar el proceso, amplios sectores terminan dependiendo de la intermediación logística de una maquinaria partidaria.
Aunque el recorte del financiamiento público alcanza formalmente a todos, sus efectos son profundamente asimétricos. Golpea con severidad a los partidos de oposición que dependen de esos fondos para honrar compromisos financieros contraídos al amparo de la confianza legítima en la ley —alquileres de locales, nóminas técnicas, electricidad, telecomunicaciones, agua, formación y presencia territorial—, mientras el partido gobernante goza de acceso ventajoso a donantes privados y de la inercia del aparato estatal, cuya frontera con la actividad partidaria debe vigilarse rigurosamente.
Si la respuesta institucional para movilizar hacia los centros de cedulación resulta insuficiente por falta de fondos y las estructuras partidarias llenan ese vacío de manera desigual, surgirá una brecha de acceso con consecuencias directas en el padrón de 2028. Las acciones de facilitación de la JCE, incluido el transporte gratuito, deben dotarse de recursos para ampliarse con cobertura verificable y ajena a toda afiliación política.
La República Dominicana incorporó el financiamiento público partidario en la Ley Electoral 275-97 bajo el impulso decisivo de José Francisco Peña Gómez. Su visión buscaba dos objetivos que conservan plena vigencia: atenuar la ventaja histórica del partido oficialista y blindar la política frente al narcotráfico y la captura de grandes intereses privados.
Ese legado interpela directamente al PRM. Reivindicar la memoria de Peña Gómez exige coherencia para garantizar condiciones de equidad a los adversarios. Al mismo tiempo, defender el financiamiento público obliga a exigir transparencia: los partidos deben rendir cuentas claras sobre el uso de cada peso recibido y qué funciones se ven afectadas, mientras el Ejecutivo y la JCE transparentan las prioridades presupuestarias y las metas territoriales de cedulación.
La austeridad puede ser una política legítima, pero su aplicación exige especial cuidado cuando afecta al árbitro electoral, a quienes compiten por el poder y al documento con que se ejerce el sufragio. Sería ingenuo excluir del análisis que una desigualdad previsible —nacida de un recorte presupuestario— termine resultando políticamente conveniente para quienes hoy gobiernan.
Las elecciones de 2028 empiezan a configurarse mucho antes de que se abran las urnas: se preparan en los presupuestos, en los centros de cedulación y en la capacidad de los partidos para organizarse y fiscalizar. Quien ejerce el poder —y ostenta la mayoría congresual para decidir— debe garantizar una competencia abierta. Si deja sin corregir carencias conocidas que lo favorecen, tendrá que responder por algo más que una diferencia contable: tendrá que explicar por qué pretende competir con una posible ventaja construida desde el presupuesto.