Diputado Carlos De Pérez propone Ley Orgánica de Pensión Alimentaria con vigilancia financiera en tiempo real
El proyecto introduce el registro RENADA, indexación por inflación y la extensión de la manutención hasta los 21 años para estudiantes.
Redacción
18 de marzo de 2026, 11:50 a. m.Lectura de 3 min

Fotografía: Fuente externa
El diputado Carlos De Pérez (Fuerza del Pueblo-La Romana) depositó este miércoles ante la Cámara de Diputados un proyecto de Ley Orgánica de Pensión Alimenticia, una pieza legislativa que busca desmantelar el actual modelo burocrático de cobro en favor de un sistema ágil y tecnificado. El eje central de la propuesta es la creación del Registro Nacional de Alimentantes (RENADA), una plataforma que interconectará al Poder Judicial, la Junta Central Electoral y el sistema financiero para monitorear el cumplimiento de los pagos en tiempo real, permitiendo activar medidas de apremio automáticas solo cinco días después de vencido el plazo, eliminando la necesidad de nuevos procesos judiciales para cada incumplimiento.
La iniciativa introduce cambios estructurales de alto impacto económico y social: las pensiones se indexarán automáticamente según la inflación para preservar el poder adquisitivo, se establece la bancarización obligatoria para garantizar transparencia y se declara la deuda como imprescriptible mientras el beneficiario sea menor de edad. Además, el alcance de la ley se extiende a la etapa prenatal, a los hijos que estudien hasta los 21 años e incluso establece la responsabilidad de los hijos hacia padres vulnerables.
En cuanto al régimen de consecuencias, el proyecto es severo. Contempla desde el arresto nocturno (para no afectar la jornada laboral del deudor) hasta la prohibición de salida del país, renovación de documentos oficiales y restricciones en actividades comerciales. Sin embargo, el legislador aclaró que la ley busca el equilibrio, obligando a quien administra el dinero a rendir cuentas y estableciendo la devolución total de fondos en casos donde se demuestre, mediante pruebas de ADN, que el demandado no es el padre biológico.




