Suprema Corte deja firme reintegro de servidora despedida de la DGCP y pago de más de RD$2.9 millones
El alto tribunal rechazó el argumento de la entidad estatal y ratificó la nulidad del acto que sacó a Rosa Euris Ramírez de su cargo en 2024
Redacción de Libertad Comunicacional
26 de agosto de 2026 a las 05:35 p. m.Lectura de 4 min

Fotografía: FOTO CEDIDA
La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) dejó firme una sentencia que reconoce el derecho de Rosa Euris Ramírez Feliz de Cuello a ser reintegrada como servidora pública de carrera en la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), además del pago de los salarios y demás derechos dejados de percibir durante el tiempo que ha permanecido fuera de sus funciones. Así lo informó la abogada Yulibelys Wandelpool Ramírez, directora legal de Lextratega Servicios de Consultoría y representante legal de la afectada, quien notificó formalmente la decisión a la DGCP y requirió su cumplimiento.
De acuerdo con la notificación, la SCJ rechazó mediante la sentencia núm. SCJ-TS-26-1522, del 31 de julio de 2026, el recurso de casación que la DGCP había interpuesto contra un fallo previo de la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo, identificado con el núm. 0030-03-2025-SSEN-00635 y fechado el 19 de diciembre de 2025. Esa decisión de instancia inferior había declarado nulos los actos administrativos mediante los cuales la institución desvinculó a Ramírez Feliz de Cuello y ordenó su reintegro a las funciones que ejercía en la División de Correspondencia y Archivo, o a una posición equivalente en categoría, estabilidad y remuneración, con un salario mensual de RD$65,000.00.
Según la parte representante de la servidora, el tribunal también dispuso el pago de los salarios y derechos adquiridos dejados de percibir desde la fecha de su desvinculación ocurrida el 4 de marzo de 2024 hasta que se materialice el reintegro efectivo, así como RD$59,990.77 en concepto de vacaciones no disfrutadas correspondientes a 2023. Con base en esos cálculos, la representación legal de Ramírez Feliz de Cuello sitúa el monto reclamado en RD$2,953,640.17 a la fecha de la notificación, cifra que advirtió seguirá aumentando mientras la DGCP no ejecute el reintegro.
La notificación indica, además, que la Suprema Corte estableció que la nulidad del acto administrativo de desvinculación implica reponer el estado de cosas existente antes de su emisión, lo que conlleva tanto el reintegro de la empleada como el reconocimiento de los derechos y beneficios inherentes a su condición de servidora de carrera. El alto tribunal habría rechazado también el argumento de la DGCP de que el Tribunal Superior Administrativo incurrió en un exceso de poder, al considerar que los jueces de esa instancia actuaron dentro de sus atribuciones al ejercer el control jurisdiccional de legalidad y garantizar la tutela judicial efectiva.
Con esta decisión, según la parte accionante, queda agotada la vía de impugnación disponible para la DGCP, que ahora enfrenta la obligación de ejecutar tanto el reintegro de Ramírez Feliz de Cuello como el pago íntegro de los montos reconocidos por los tribunales. Hasta el momento, la institución no ha emitido una respuesta pública sobre el caso ni sobre los plazos previstos para dar cumplimiento a lo ordenado.
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