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El Poder Judicial responde a tres juezas que denunciaron como ilegales sus traslados en la Corte de Santo Domingo

La institución sostiene que las medidas buscan equilibrar la experiencia jurisdiccional, mientras las magistradas insisten en que se violó la Ley de Carrera Judicial

Redacción de Libertad Comunicacional

Redacción de Libertad Comunicacional

25 de agosto de 2026 a las 05:16 p. m.Lectura de 4 min

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El Poder Judicial responde a tres juezas que denunciaron como ilegales sus traslados en la Corte de Santo Domingo

Fotografía: Fuente externa

El Poder Judicial salió al paso este martes a los cuestionamientos de tres juezas de la Corte de Apelación de Santo Domingo, que calificaron de arbitraria e ilegal la resolución del Consejo del Poder Judicial (CPJ) que dispuso su reubicación entre salas de la Cámara Penal. En una comunicación de prensa, la institución sostuvo que las medidas, contenidas en la resolución CPJ-2026-RECA-014, buscan fortalecer el equilibrio en la distribución de la experiencia jurisdiccional tras una serie de ascensos recientes, y rechazó que se trate de traslados en el sentido que establece la Ley de Carrera Judicial.

La controversia se originó luego de que las magistradas Natividad Ramona Santos, Wendy Altagracia Valdez y Pilar Antonia Rufino Díaz enviaran una objeción formal al presidente del CPJ, Luis Henry Molina, en la que calificaron su reubicación de acto de arbitrariedad, ilegalidad y retaliación en su contra. La resolución, aprobada el pasado 19 de agosto, dispuso el paso de Santos de la Tercera a la Segunda Sala, de Valdez de la Segunda a la Tercera, y de Rufino Díaz de la Primera a la Tercera Sala de esa jurisdicción. Las juezas, con más de 23 años de trayectoria en el Poder Judicial, fundamentaron su reclamo en el artículo 18 de la Ley 327-98, que exige la anuencia previa del magistrado para cualquier traslado, y llegaron a otorgar al CPJ un plazo de tres días hábiles para revertir la decisión, bajo advertencia de recurrir a las vías administrativas.

En su respuesta, el Poder Judicial diferenció entre "traslado" y "movimiento interno de organización", explicando que el primero implica el cambio de un juez de un tribunal a otro, mientras que las medidas cuestionadas corresponden a reasignaciones dentro de un mismo tribunal. La institución afirmó que las juezas involucradas permanecen dentro de la misma cámara, jurisdicción, especialidad y categoría judicial, sin ser destinadas a órganos jurisdiccionales distintos ni a materias diferentes de las que actualmente ejercen. El comunicado remarcó que la correcta comprensión de estos procesos "fortalece la transparencia institucional" y contribuye a un debate público basado en información precisa.

El Poder Judicial precisó, además, que los procedimientos relativos a los movimientos aún no tienen carácter definitivo, ya que permanecen abiertos los plazos legales para la interposición de recursos de reconsideración, conforme al debido proceso administrativo. Esa aclaración contrasta con la posición de las juezas, quienes además de invocar la Ley de Carrera Judicial citaron la sentencia TC/0364/21 del Tribunal Constitucional, según la cual justificar reubicaciones bajo la figura de movimientos internos sin consulta vulnera la independencia judicial.

La disputa expone una diferencia de fondo sobre el alcance de las facultades administrativas del CPJ frente a las garantías de estabilidad de los jueces de carrera, un debate que previsiblemente continuará en las próximas semanas si las magistradas deciden agotar, como han anunciado, los recursos de reconsideración disponibles dentro del propio Poder Judicial antes de acudir a otras instancias.