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Entre la condena y la absolución: los tres escenarios que enfrenta Wander Franco en el tribunal de Puerto Plata

Las juezas analizan las imputaciones de abuso psicológico y de género en un juicio marcado por un acuerdo económico previo y la expectativa de una pena suspendida.

Redacción de Libertad Comunicacional

Redacción de Libertad Comunicacional

16 de junio de 2026 a las 07:48 a. m.Lectura de 4 min

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Entre la condena y la absolución: los tres escenarios que enfrenta Wander Franco en el tribunal de Puerto Plata

Fotografía: El pelotero Wander Franco durante el juicio. Detrás, Martha Chevalier, madre de la menor. (ARCHIVO/DIARIO LIBRE)

El Primer Tribunal Colegiado de la provincia de Puerto Plata se encuentra en la fase final de deliberación para dictar sentencia en el juicio que se le sigue al campocorto de las Grandes Ligas, Wander Franco, acusado por el Ministerio Público de abuso psicológico y de género en perjuicio de una menor de edad. Las juezas Jakayra Veras, Sonia Sención y Benecia Rojas evalúan un expediente complejo en el que la decisión final oscila entre tres posibles vertientes jurídicas: la declaración de culpabilidad con prisión suspendida, la absolución por insuficiencia probatoria o la controvertida aplicación del perdón judicial, un fallo que mantiene en vilo la carrera profesional del atleta dominicano.

El escenario más debatido en los entornos jurídicos es la imposición de una condena que no implique el ingreso a prisión. Tomando en cuenta las imputaciones específicas basadas en la Ley 136-03 sobre el Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes, las magistradas podrían emitir una sentencia de culpabilidad que ordene una pena de entre 2 y 5 años de reclusión. Sin embargo, amparadas en las facultades otorgadas por el Código Procesal Penal dominicano, las juezas tienen la potestad de disponer la suspensión condicional de la pena. Esta medida obligaría a Franco a cumplir con reglas de conducta estrictas, como presentarse periódicamente ante el tribunal, realizar trabajos comunitarios o mantener un comportamiento intachable, evitando la cárcel pero quedando con un antecedente penal formal.

Una segunda alternativa contempla la aplicación del perdón judicial, una figura legal excepcional contemplada en el artículo 340 del Código Procesal Penal. Para optar por esta vía, el tribunal debe comprobar que existieron circunstancias extraordinarias de mitigación y que el imputado ha resarcido el daño causado. En el contexto de este caso, el proceso ha estado marcado por un acuerdo económico previo firmado entre el pelotero y la madre de la menor quien también fue imputada por lavado de activos y explotación sexual, aunque posteriormente varió su situación procesal. Si las juezas consideran que el daño social y familiar fue reparado sustancialmente y que Franco carece de antecedentes previos, podrían declarar la culpabilidad pero eximirlo de cumplir una sanción penal, una figura que la doctrina califica como una "sentencia absolutoria impropia".

Finalmente, el tribunal evalúa la absolución total del deportista si determina que las pruebas presentadas por los fiscales resultaron insuficientes o si los testimonios clave se debilitaron durante las audiencias a puertas cerradas. Esta resolución, fundamentada en el principio del in dubio pro reo (la duda favorece al imputado), extinguiría de inmediato toda responsabilidad penal para Franco. El dictamen de este tribunal de primera instancia, previsto para los próximos días, sentará un precedente relevante en la justicia penal dominicana respecto al tratamiento de casos de alta visibilidad pública que involucran a menores, y definirá el punto de partida para que cualquiera de las partes insatisfechas inicie el camino de la apelación.

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