Tribunal dominicano valida fallo de EE. UU. que obliga a la JCE a pagar más de 900 mil dólares a Latin Events
La Tercera Sala Civil del Distrito Nacional acoge el exequátur tras el dictamen en rebeldía emitido por una corte de Nueva York
Redacción de Libertad Comunicacional
15 de julio de 2026 a las 03:09 p. m.Lectura de 5 min

Fotografía: Fachada edifcio JCE
La Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional otorgó fuerza ejecutoria en el territorio dominicano a una sentencia dictada por la justicia de los Estados Unidos que condena a la Junta Central Electoral (JCE) al pago de una millonaria suma en favor de la empresa Latin Events, LLC. A través del Auto número 036-2026-SAUT-00294, el tribunal civil acogió la solicitud de exequátur interpuesta por la firma afectada, validando de forma oficial el dictamen emitido originalmente el 21 de noviembre de 2025 por el juez P. Kevin Castel, de la Corte de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York.
La resolución judicial obliga al órgano electoral de la República Dominicana a desembolsar la suma de 838,337.50 dólares por concepto de servicios logísticos que fueron contratados para eventos institucionales en el extranjero y que nunca se liquidaron. Además del monto principal, la penalización financiera contempla el pago de 48,370.93 dólares correspondientes a los intereses acumulados antes del juicio, así como otros 20,628.00 dólares por intereses posteriores al dictamen, calculados bajo las normativas legales federales estadounidenses. El origen del conflicto escaló a instancias internacionales luego de que la institución dominicana desatendiera los reclamos de pago correspondientes a las labores logísticas desarrolladas fuera del país.
Dentro de los antecedentes reflejados en el expediente se detalla que la corte de Nueva York emitió su dictamen bajo la condición jurídica de rebeldía, debido a que las autoridades de la JCE decidieron no comparecer ni presentar ningún tipo de defensa procesal, a pesar de haber sido notificadas de manera formal y oportuna en una de sus oficinas funcionales ubicadas en territorio neoyorquino. Al vencerse la totalidad de los plazos legales establecidos para someter recursos de apelación en el extranjero sin que la entidad estatal dominicana reaccionara, la sentencia adquirió la categoría de definitiva, firme e irrevocable, abriendo jurídicamente el camino para requerir su homologación local.
Para dar validez al fallo dentro de la jurisdicción dominicana, el tribunal de primera instancia evaluó rigurosamente los mandatos de la Ley número 544-14 sobre Derecho Internacional Privado, determinando que el documento judicial cumplía con la debida traducción oficial y la apostilla correspondiente, sin presentar contradicciones con el orden público o constitucional del país. El jurista Julio Cury, quien asumió la representación legal de Latin Events, LLC en Santo Domingo, precisó el alcance de la sentencia y las consecuencias institucionales directas que enfrenta el organismo electoral ante una posible negativa de pago.
“Esta decisión confirma que cuando un ente público contrata en el extranjero, no adquiere inmunidad frente al incumplimiento. La JCE no tiene más alternativa que pagar, y si se resiste, no solo será constreñida por la vía de los embargos, sino que también será demandada en responsabilidad patrimonial por constituir el impago voluntarioso una omisión administrativa antijurídica causante de daños autónomos”, afirmó el doctor Cury tras conocerse la homologación del dictamen. Con esta validación en los tribunales del Distrito Nacional, queda abierto el escenario para que la empresa demandante inicie los procedimientos de cobro y ejecuciones forzosas directas contra los activos o cuentas de la institución del Estado si esta no gestiona el saldo de los montos adeudados a la brevedad.
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