Poder Ejecutivo ordena la adquisición de tierras en la Reserva Antropológica de San Cristóbal mediante el decreto 393-26
La disposición busca reforzar la protección de este tesoro arqueológico caribeño, respaldándose en la Ley 492 de 1969 y utilizando fondos estatales para concretar el traspaso definitivo de los predios.
Redacción de Libertad Comunicacional
16 de junio de 2026 a las 07:36 p. m.Lectura de 4 min

Fotografía: Parte del Monumento Natural Reserva Antropológica Cuevas de Borbón o del Pomier. (FUENTE EXTERNA)
El Poder Ejecutivo de la República Dominicana ordenó la adquisición de terrenos ubicados dentro del Monumento Natural Reserva Antropológica Cuevas de Borbón o del Pomier, en San Cristóbal, al declararlos de utilidad pública e interés social mediante el decreto 393-26. La medida, oficializada con fecha del 15 de junio de 2026, busca asegurar el control estatal y la conservación de una de las áreas protegidas de mayor valor arqueológico, ecológico y cultural de toda la región del Caribe.
De acuerdo con el documento presidencial, la declaratoria abarca propiedades situadas específicamente en la parcela número 405 del distrito catastral 02 del municipio sancristobalense. El objetivo central de esta intervención estatal es viabilizar un plan más robusto de protección, facilitar el monitoreo constante de la zona y promover la restauración ambiental, garantizando así la preservación inalterable de los recursos naturales y el patrimonio histórico que alberga este vasto sistema de cuevas.
La Dirección de Prensa del Presidente precisó, a través de un comunicado oficial, que la compra de estas propiedades será financiada enteramente con recursos asignados al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Para asegurar la transparencia y el rigor legal del proceso de traspaso, el Ejecutivo ha instruido la conformación de un esquema de trabajo interinstitucional en el que participarán el propio Ministerio de Medio Ambiente, la Dirección General de Bienes Nacionales, el Abogado del Estado y el Registro de Títulos.
Ante la posibilidad de que surjan diferencias económicas con los actuales dueños de los predios, el decreto establece un protocolo de actuación ineludible. Si el Estado no logra concretar un acuerdo de compraventa basado en el valor de tasación de los terrenos, el Ministerio de Medio Ambiente queda facultado para iniciar de inmediato los procedimientos legales correspondientes que permitan consumar la adquisición de forma obligatoria, apoyándose en la legislación vigente para transferir los títulos a favor del dominio público.
Esta acción administrativa encuentra su base jurídica principal en la Ley 492 del año 1969, normativa que reconoció formalmente a las Cuevas del Pomier como patrimonio nacional de la República Dominicana. Para el país, la decisión representa un paso crítico en la gestión definitiva de sus activos ecológicos. Durante años, el entorno de la reserva ha estado sometido a fuertes presiones externas y reclamos ciudadanos que advertían sobre el impacto negativo de la actividad minera y la extracción de materiales en zonas colindantes. Al asumir la titularidad de estas parcelas estratégicas, el Estado dominicano responde a la urgencia de frenar el riesgo de degradación en un sitio que no solo funciona como un pulmón vital para la región sur, sino que custodia arte rupestre precolombino indispensable para la historia de la isla. Con la emisión del decreto, queda ahora en manos de las instituciones asignadas agilizar las negociaciones y asegurar que el área protegida quede formalmente fuera del alcance de la explotación no regulada.




