El CARD impugna el nuevo Código Penal por condenas de hasta 60 años
El gremio alega que el cúmulo de penas equivale a una "pena de muerte" encubierta, vulnerando garantías fundamentales de la Carta Magna.
Redacción
23 de abril de 2026 a las 07:06 a. m.Lectura de 2 min

Fotografía: Fuente externa
A menos de cuatro meses de su entrada en vigor, el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), a través de su seccional en San Pedro de Macorís, ha interpuesto una acción directa de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) contra 11 artículos del nuevo Código Penal (Ley 74-25). El núcleo de la impugnación reside en el artículo 49, que permite el concurso de infracciones con un tope de hasta 60 años de prisión. Según el jurista Andrés Contreras, representante de los accionantes, estas sanciones exceden la expectativa de vida del ser humano, lo que en la práctica se traduciría en una pena de muerte, prohibida por el artículo 37 (citado erróneamente como 39 por la defensa) de la Constitución Dominicana.
El recurso no solo ataca la severidad de las penas, sino también artículos relativos a la corrupción pública, malversación de fondos, autosecuestro y medidas sociojudiciales. Por su parte, la Cámara de Diputados, el Senado y la Procuraduría General de la República solicitaron el rechazo de la acción, argumentando que la ley fue aprobada bajo estricto apego al orden constitucional y que el recurso del CARD carece de la claridad y pertinencia técnica necesaria para prosperar. Tras escuchar los argumentos de las partes, el pleno del TC, presidido por el magistrado Napoleón Estévez, se reservó el fallo.




