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Senado aprueba reforma policial que golpea el bolsillo y frena ascensos de agentes abusadores

El proyecto recibió el voto favorable de 29 senadores tras siete meses de análisis en una comisión especial y ahora pasa a la Cámara de Diputados.

Redacción de Libertad Comunicacional

Redacción de Libertad Comunicacional

10 de julio de 2026 a las 04:22 p. m.Lectura de 5 min

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Senado aprueba reforma policial que golpea el bolsillo y frena ascensos de agentes abusadores

Fotografía: Policía Nacional en formación (DIARIO LIBRE/JOLIVER BRITO)

El Senado de la República aprobó este viernes en segunda lectura, con una mayoría de 29 votos a favor, el proyecto de reforma a la Ley Orgánica de la Policía Nacional. La iniciativa legislativa, que permaneció durante siete meses bajo el análisis exhaustivo de una comisión especial, introduce un régimen de consecuencias administrativas y financieras diseñado específicamente para sancionar las conductas abusivas y las faltas éticas cometidas por los miembros del cuerpo del orden. De convertirse en ley, el nuevo marco normativo incidirá directamente sobre los salarios de los oficiales sancionados y establecerá bloqueos automáticos en el escalafón de promociones internas, buscando frenar los excesos de autoridad en el territorio nacional.

El nuevo texto legal define con precisión las fronteras del accionar civil. En su artículo 155, la reforma establece de forma mandatoria que "el uso de la fuerza debe ser proporcional y que cualquier exceso de coacción oficial configura el delito de abuso de autoridad". Bajo este criterio, el artículo 227 clasifica como faltas muy graves de primer grado aquellas conductas orientadas a causar daño intencional a los ciudadanos mediante el uso desproporcionado de armas o fuerza física, así como la aplicación de tratos inhumanos, degradantes, discriminatorios o vejatorios contra personas bajo custodia estatal. Además, se prohíbe penalmente la ejecución de requisas o registros fundamentados en estereotipos de raza, apariencia física o identidad de género.

En términos económicos, el artículo 231 de la reforma instaura un esquema escalonado de retenciones monetarias fundamentado en la gravedad del comportamiento del agente. El régimen estipula que las faltas leves conllevarán penalidades que van de cinco a quince días de salario básico, mientras que las infracciones tipificadas como graves recibirán un descuento de entre quince y sesenta días de su sueldo base. Por su parte, las faltas muy graves se castigarán con una suspensión formal de funciones sin disfrute de sueldo por un período que oscila entre los 61 y 120 días. Asimismo, el artículo 276 aclara que durante los procesos de suspensión provisional, los imputados perderán los "especialismos" o compensaciones adicionales, percibiendo únicamente el salario base, aunque se estipula que "los descuentos nunca podrán superar el 50 % de su salario neto" para evitar arbitrariedades de carácter administrativo.

El crecimiento profesional dentro de la institución también quedará sujeto a la hoja de disciplina del oficial. El artículo 72 de la propuesta legislativa fija límites estrictos para las promociones, dictando que "para optar por un ascenso, es requisito obligatorio no haber sido sancionado por faltas graves o muy graves en el último año". Adicionalmente, el documento incorpora una cláusula regulatoria que sanciona la reincidencia menor: el agente que acumule tres sanciones firmes por faltas leves en un lapso de dos años quedará inhabilitado automáticamente para competir por un ascenso de rango durante un período de doce meses.

Esta transformación estructural de la fuerza pública posee una implicación directa para la sociedad dominicana, pues busca corregir mediante la coacción económica y profesional la histórica cultura de arbitrariedad en los patrullajes y destacamentos, elevando el costo personal para el agente que vulnere los derechos fundamentales de la población. Tras superar su ciclo de debates en la cámara alta, el legajo legislativo fue remitido de inmediato a la Cámara de Diputados, donde deberá agotar la misma ruta de análisis en comisiones y ser sometido a dos discusiones antes de su eventual envío al Poder Ejecutivo para fines de promulgación.

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