JCE formula cargos contra ACD Media por publicar encuestas electorales fuera de plazo

La encuestadora dispone de 10 días calendario para presentar pruebas y argumentos de defensa ante el organismo electoral

Redacción de Libertad Comunicacional

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7 de agosto de 2026 a las 06:49 a. m.Lectura de 5 min

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JCE formula cargos contra ACD Media por publicar encuestas electorales fuera de plazo

Fotografía: La Ley 20-23 de Régimen Electoral prohíbe publicar encuestas, (SHUTTERSTOCK)

La Junta Central Electoral (JCE) inició un procedimiento administrativo sancionador contra la firma encuestadora ACD Media, S.R.L., al formular un pliego inicial de cargos por la presunta publicación de encuestas con fines electorales fuera del período permitido por el Reglamento sobre Encuestas, vigente desde el 22 de mayo de 2026. La decisión, adoptada por la Unidad de Sanciones Administrativas Electorales y Medidas Cautelares del organismo, abre un proceso contradictorio y no constituye una declaración definitiva de responsabilidad.

La actuación se originó luego de que el Pleno de la JCE autorizara una investigación sobre dos estudios de opinión atribuidos a ACD Media y publicados por Diario Libre: uno divulgado el 1 de junio y otro el 13 de julio de este año. Según el órgano electoral, ambos sondeos incluían mediciones de simpatía partidaria, intención de voto y preferencias presidenciales de cara a las elecciones de 2028, por lo que, de forma preliminar, fueron catalogados con contenido político-electoral.

El artículo 13 del reglamento prohíbe la publicación de encuestas con fines electorales fuera de los plazos que establece la norma y contempla como sanción principal la suspensión temporal del registro de la firma encuestadora, de entre seis meses y un año; la cancelación definitiva solo procedería en caso de reincidencia. La JCE precisó, sin embargo, que la imputación tiene carácter provisional y que durante la instrucción del expediente determinará el grado de participación de ACD Media en la elaboración, autorización y difusión de las encuestas. La empresa dispone de 10 días calendario para presentar su defensa, pruebas y argumentos jurídicos.

El caso se enmarca en una controversia jurídica más amplia sobre el alcance del reglamento. La Ley 20-23 de Régimen Electoral establece una restricción distinta y más acotada: prohíbe publicar o difundir encuestas durante los ocho días previos a los comicios y hasta cinco horas después del cierre de las votaciones. La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) ha sostenido que la JCE excedió esas facultades al extender la prohibición hasta antes del inicio de la precampaña, una limitación que, según la organización, carece de respaldo legal expreso y podría afectar derechos como la libertad de empresa y el acceso ciudadano a información de interés público. Participación Ciudadana presentó, por su parte, un recurso de reconsideración con el mismo objetivo, y la miembro titular de la JCE, Hirayda Marcella Fernández Guzmán, remitió una opinión propia sobre la constitucionalidad de la norma.

El Pleno de la JCE decidió posponer el conocimiento de esos recursos hasta que el Tribunal Superior Electoral (TSE) se pronunciara sobre las acciones planteadas, aunque el presidente del organismo, Román Jáquez Liranzo, aclaró posteriormente que esa decisión no suspendía la vigencia del reglamento. El TSE, sin embargo, se declaró incompetente para conocer el fondo del asunto, al considerar que se trata de una materia de control concentrado de constitucionalidad, y remitió el caso al Tribunal Constitucional, que deberá determinar en definitiva si la restricción impuesta por la JCE se ajusta al marco legal vigente.

Mientras el alto tribunal no emita una decisión, el proceso administrativo contra ACD Media seguirá su curso de forma paralela, con el plazo de defensa de la empresa como próximo paso del expediente.

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