Persio Maldonado advierte que las penas por difamación en el Código Penal infundirán temor a denunciar
El presidente de la Sociedad Dominicana de Diarios (SDD) señala que la amenaza de cárcel de hasta cinco años limitará la libertad de prensa y el escrutinio público a través de plataformas digitales y tradicionales.
Redacción
6 de junio de 2026 a las 06:55 a. m.Lectura de 3 min

Fotografía: Fuente externa
Persio Maldonado, presidente de la Sociedad Dominicana de Diarios (SDD), alertó que el artículo 208 del nuevo Código Penal, el cual sanciona la difamación con penas de dos a cinco años de prisión menor y multas económicas, representa un retroceso que generará temor entre periodistas y ciudadanos al momento de realizar denuncias de interés público. La medida tiene un alcance generalizado, abarcando cualquier medio de difusión, incluyendo prensa escrita, radio, televisión, plataformas digitales y redes sociales, lo que amenaza con revertir las garantías del ejercicio periodístico.
El gremialista destacó que la reintroducción de la privación de libertad por delitos de palabra entra en contradicción directa con sentencias dictadas previamente por el Tribunal Constitucional, instancia que ya había despenalizado la prisión en estos casos para liberar el espacio comunicacional dominicano. Maldonado argumenta que, aunque el Poder Legislativo intentó frenar la difamación y la extorsión en entornos digitales, la imposición de legislaciones draconianas derivará en la autocensura, desincentivando la labor de investigación ante el temor de enfrentar condenas económicas impagables o privación de libertad.
Paralelamente, el nuevo documento crea una asimetría jurídica mediante su artículo 211, que exime de persecución penal los informes y discursos emitidos en las cámaras legislativas, los poderes del Estado y los tribunales de justicia. Ante este escenario, que deja vulnerables a los ciudadanos mientras blinda los escenarios institucionales, la SDD anticipa que el sector periodístico y jurídico deberá recurrir nuevamente ante el Tribunal Constitucional para impugnar estas disposiciones una vez que el Código entre en vigencia.




